Los cambios que traerá la Operación Renta 2019
La Operación Renta 2019 a diferencia de años anteriores, trae diversos cambios importantes para los contribuyentes que están obligados a declarar, esto consiste en que cada trabajador independiente tendrá la obligación de cotizar mediante la retención de la devolución de impuestos.
Lo anterior, se estableció luego que un análisis de investigación de la Superintendencia de Pensiones (SP) y el Instituto Nacional de Estadística (INE) revelara que más del 90% de los trabajadores independientes no cotiza en el sistema, por lo que se determinó, mediante un proyecto ley, modificar la normativa para proteger a este sector previsional de cada profesional.
De acuerdo a la Ley N°20.894, la opción de renunciar de manera voluntaria a cotizar duró hasta el proceso 2018, por lo tanto, este 2019, los trabajadores independientes, cerca de 577 mil que laboraron entre enero y diciembre del año 2018, deberán entregar parte de su dinero para fondos de protección social, es decir, pensión y salud.
A partir de este 2019 tendrá dos mecanismos de cotización. El primero es de cobertura total, donde el trabajador dispondrá de todo su dinero y quedará 100% protegido; y el segundo de cobertura parcial, donde del 10% total, un 7,31% será devuelto y un 2,69% para conceptos de cotización. Este porcentaje aplicará solo el presente, ya que el porcentaje retenido irá en aumento hasta llegar al 17% como el resto de trabajadores del país que cotizan de manera dependiente de sus respectivos empleadores.
Por otro lado, las empresas que tributan con renta efectiva, deberán tener en cuenta, que este año es el segundo periodo con los cambios y modificaciones de la reforma tributaria, con una serie de cambios que plantean nuevos escenarios para las pequeñas y medianas empresas. Los plazos se han acortado, y lo que antes se debía entregar en abril, hoy la autoridad lo pide para marzo.
Hay que tener en cuenta que como mencioné en el punto anterior, este es el segundo año de la modificación de la Reforma Tributaria, por tanto este es el segundo año que se aplica el retiro total de utilidades del ejercicio por parte de los socios según su tipo de tributación. Hubo muchos casos en que no todos tuvieron la posibilidad de sacarlos en un año, con lo que el proceso se ha trasladado para los años siguientes.
Recordar que el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) se registra en una manera distinta y no es obligación retirar el FUT, ni pagar impuestos por este, actualmente definidos en la Reforma Tributaria.
Revisar los plazos de las Declaraciones Juradas para evitar pago de multas por incumplimiento. Con la reforma se adelantaron las fechas de declaración y se crearon nuevas declaraciones juradas acordes a su régimen tributario. Ya en febrero se abrió la ventana de tiempo para comenzar a subir dicha información al SII.
Finalmente, estoy seguro que una excelente administración y planificar los impuestos de manera correcta y profesional, destinará a cada negocio el éxito.
Juan Pablo Pino
Contador Auditor
Director Ejecutivo Planificador Tributario
www.planificadortributario.cl